Leyes que Regulan la Materia

 

En el marco legal Venezuela se fundamenta de manera concreta en nuestra Carta Magna de 1999. Donde establece en los artículos (108, 109,110) que el estado venezolano garantizara y designara recursos suficientes para el servicio de información mediante los servicios de informática y medios de comunicación en pro del conocimiento y al derecho a acceder a la información.
La actual Constitución Nacional de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela reconoce como de interés público la ciencia, la tecnología, el conocimiento, la innovación y sus aspiraciones y los servicios de información, a los fines de lograr el desarrollo económico, social y político del país, y que el Ejecutivo Nacional a través del Ministerio de Ciencia y Tecnología donde actualmente asume y absorbe al ministerio del poder popular para las Telecomunicaciones a partir del 14 de Mayo del presente año.

 

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

www.tsj.gov.ve/legislacion/constitucion1999.htm

 

 

La Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente establece tanto medidas generales para la protección como medidas específicas ante la violación de los derechos. El Estado asume la obligación de garantizar programas permanentes y gratuitos de asistencia y atención integral dirigidos a aquellos niños, niñas y adolescentes que hayan sido víctimas de abuso o explotación sexual  y brindarles servicios forenses integrados por personas capacitadas.

 

LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

www.ministeriopublico.gob.ve/c/document_library/get_file?p_l_id=29594&folderId=14478&name=DLFE-319.pdf

 

 

Ley Especial sobre Delitos Informáticos, cuyo objetivo es proteger los sistemas que utilicen tecnologías de información, así como prevenir y sancionar los delitos cometidos contra o mediante el uso de tales tecnologías (Gaceta Oficial N° 37.313 del 30 de octubre de 2001). Se trata de una ley especial que descodifica el Código Penal y profundiza aún más la incoherencia y falta de sistematicidad de la legislación penal, con el consecuente deterioro de la seguridad jurídica.

 

LEY ESPECIAL CONTRA LOS DELITOS INFORMÁTICOS

www.tsj.gov.ve/legislacion/ledi.htm

 

Ley organica de telecomunicaciones el estado Venezolano busca garantizar el derecho a la comunicación y a través, de sus objetivos lograr el acceso a los servicios de telecomunicaciones pero preservando todos aquellos aspectos que son inherentes al ser humano como el honor, intimidad, el secreto a las comunicaciones, respeto a la protección de la juventud y infancia. En este último aspecto el estado busca garantizar el interés superior del niño, niña y adolescente, en cuanto al tipo de transmisiones que realicen estos medios de radiodifusión, multimedia y televisión.

 

LEY ÓRGANICA DE TELECOMUNICACIONES

https://www.tsj.gov.ve/legislacion/lt_ley.htm

 

Ley sobre mensajes de datos y firmas electronicas permite de manera más específica prever y garantizar que en el caso de haber alguna manifestación de uso inadecuado de información que vulnere los derechos de niños niñas y adolescentes la misma pueda regular y sancionar de forma directa al signatario igualmente existe un vínculo jurídico estrecho que permite autenticar, y certificar que quien realice el acto de manera negativa tendrá las sanciones establecidas en el mismo y a su vez obtendrá por parte de otras leyes que regulen la materia en cuanto a que si la afectación perjudico a un niño niña o adolescente sea más severa; con algunas intervenciones especiales si fuese el caso.

 

LEY SOBRE MENSAJES DE DATOS Y FIRMAS ELECTRÓNICAS

https://www.tsj.gov.ve/legislacion/dmdfe.htm

 

 

LEY PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EN SALAS DE USO DE INTERNET, VIDEOJUEGOS Y OTROS MULTIMEDIASEsta ley tiene como propósito fundamental el bienestar de los niños, niñas y adolescentes que tienen acceso a cierta información, busca adecuarla a su desarrollo integral, promover el acceso adecuado  a redes o sitios de internet donde se les brinde información relacionada con fines educativos y recreativos, insta adecuar los espacios para que ellos hagan uso de estos medios de información, así como implementar personal que supervisen el uso de estas redes.  Involucra la participación en conjunto de padres  y representantes, del Estado y  la sociedad , ya que el Estado para garantizar el interés superior del niños, niñas y adolescentes debe implementar medidas adecuadas bien sean administrativas, judiciales, legislativas para garantizar el cumplimiento  de esta ley, los padres y representantes como lo establece la presente ley en su artículo 3 el deber y el derecho de orientar a los niños, niñas y adolescentes en el ejercicio progresivo de su derecho a una información adecuada y mediante lo consejos comunales y comité de protección social para lograr la vigencia plena y efectiva de la presente Ley.

 

LEY PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS

Y ADOLESCENTES EN SALAS DE USO DE INTERNET, VIDEOJUEGOS Y OTROS MULTIMEDIAS

https://www.defensoria.gob.ve/dp/index.php/leyes-ninos-ninas-y-adolescentes/1348

 

 

la Ley de Interoperabilidad es de suma importancia para el IMPACTO DE LAS TECNOLOGIAS DE INFORMACION Y COMUNICACIÓN EN NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES, bien sean en centros de educación que es el caso, como en la mera obtención de un servicio público. Cabe destacar que, dicha ley posee una gran influencia ya que la misma permite manifestar y tramitar propuestas o peticiones cual fuere el caso de forma voluntaria a un ciudadano común en cuanto a la problemática en algún sector de la población, donde se vean vulnerados los derechos de los niños, niñas y adolescentes; así mismo darle una solución a través de los procesos adecuados para el  buen desarrollo de regulación e  intercambio en cuanto a información se refiere.

Por su parte el Estado deberá garantizar y promover la tramitación de dichas propuestas o peticiones, llevar un seguimiento en virtud de que el derecho que posee cada niño, niña y adolescente a un nivel de vida adecuado, que es fundamental porque se basa en la obligación por parte de los padres, representantes o responsables, de garantizar dentro de sus posibilidades y medios económicos  el goce y disfrute pleno y efectivo de sus derechos y que los mismos no se vean afectados por negligencia de los mismos a cargo.

 

LEY DE LA INTEROPERABILIDAD

https://interoperabilidad.gobiernoenlinea.gob.ve/index.php/conceptos/sobre-promociones/promociones/96-ley-de-interoperabilidad

 

Convenios, Ordenanzas ..

 

 

CONVENIOS DE LOS DERECHOS DEL NIÑO (1989)

www2.ohchr.org/spanish/law/crc.htm

 

PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO RELATIVOS A LA VENTA DE NIÑOS, PROSTITUCION INFANTIL Y LA UTILIZACION DE NIÑOS EN LA PORNOGRAFIA. (2000)

www2.ohchr.org/spanish/law/crc-sale.htm

 

CONVENIO SOBRE LAS PEORES FORMAS DE TRABAJO INFANTIL

www2.ohchr.org/spanish/law/trabajo_infantil.ht

 

DECLARACION Y PROGRAMAS DE ACCION DE ESTOCOLMO

www.annaobserva.org/web/public/ratificaciones/Estocolmo-ESP.pdf

 

ORDENANZA MUNICIPAL PARA LA PROTECCION DEL NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTE CONTRA LA PORNOGRAFIA Y LA VIOLENCIA EN SALAS DE USO DE INTERNET, VIDEO JUEGOS Y OTROS MULTIMEDIA 

www.google.co.ve/url?sa=t&rct=j&q=ORDENANZA%20MUNICIPAL%20PARA%20LA%20PROTECCION%20DEL%20NI%C3%91O%20NI%C3%91A%20Y%20ADOLESCENTE%20CONTRA%20LA%20PORNOGRAFIA%20Y%20LA%20VIOLENCIA%20EN%20SALAS%20DE%20USO%20DE%20INTERNET%2C%20VIDEO%20JUEGOS%20Y%20OTROS%20MULTIMEDIA%20%20&source=web&cd=1&ved=0CCIQFjAA&url=http%3A%2F%2Fwww.alcaldiademaracaibo.gob.ve%2Findex.php%3Foption%3Dcom_joomdoc%26task%3Ddoc_download%26gid%3D15%26Itemid%3D12&ei=apqZT8XvIZSe6QHcqrniBg&usg=AFQjCNHP8oSb08hv84uEGeLum634HOf6fg

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